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Vine a hacer una poda de rejuvenecimiento a un mundo embarullado
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sábado, 17 de abril de 2010

otro rosal

http://www.expansion.com/2010/04/08/juridico/opinion/1270738217.html

Copio este enlace del blog de un compañero de los que enarbolan la defensa de la dignidad del abogado, concretamente del hall del juzgado, y es que me quedo frío. Por lo escrito, el camarada Rafael del Rosal, con cara circunspecta en la foto, explica el contenido de la "ética de la gratuidad", centrándola "en el conflicto de intereses del abogado con su defendido de oficio por el derecho a la defensa gratuita, en tanto que de su concesión, denegación o revocación, depende la pérdida o recuperación de su propio derecho al cobro libre de honorarios". Considera, como un gran riesgo contra la ética profesional, entre otros supuestos, "requerirle de pago de honorarios a su mero arbitrio, en los supuestos de enervación de la gratuidad previstos en el artículo 36", o sea, que si a tu cliente le deniegan la justicia gratuita, sería una falta de ética imponerle tu minuta según tu "mero" arbitrio.
Digo yo, ¿pero no hay unas normas orientadoras emanadas de los colegios para dar seguridad a las partes?¿En qué se diferencia del abogado libre un abogado que ha tenido la mala suerte de que ya no le va a pagar la limosna el gobierno, y que tendrá que iniciar un largo periplo para intentar cobrar algo que el 90 % de las veces no cobrará porque no le pudo trincar algo al cliente al comienzo?
Eso de "mero", me disgusta. ¿Es que piensa que el abogado de oficio debería de tener un arbitrio de "boquerón"? ¿Es que no puede minutar acogiéndose al libro magno del colegio? Sí, ese libro que establece la minuta del arrendamiento en función de la duración del alquiler, por poner un ejemplo de rigurosidad científica y ecuanimidad. No me extraña que finalmente le vayan cambiando el título, y ya no sean ni normas, ni orientadoras, ni nada, solo una losa para la víctima que es condenada en costas...para que no se le vuelva a ocurrir acudir a un juzgado.
Sí señor Rosal, su artículo lo único que pone de manifiesto es que los clientes de oficio, cuando pierden la red de la gratuidad, se pueden dar el mismo batacazo que el justiciable que no tuvo la suerte de pleitear gratis y sin que lo pudieran condenar en costas....cantidad de despropósitos que hay y escribe un artículo que no dice nada.